Cómo incluir a HazteOír en tu testamento
Una guía sencilla para que tu compromiso con la vida, la familia y la libertad perdure para siempre.
¿Qué es un legado solidario?
Un legado solidario (o testamento solidario) es la decisión de incluir a una organización como HazteOír entre los beneficiarios de tu testamento. Es un acto libre, revocable en cualquier momento, y compatible con los derechos de tus herederos.
En España, la ley protege a los herederos forzosos (hijos, cónyuge y, en algunos casos, padres) mediante el sistema de legítimas. Esto significa que una parte de tu herencia está reservada por ley para ellos. Sin embargo, el llamado “tercio de libre disposición” es completamente tuyo para destinarlo como desees, incluyendo un legado a HazteOír.
Si no tienes herederos forzosos, puedes disponer libremente de la totalidad de tu patrimonio.
Paso a paso: cómo hacerlo
Reflexiona sobre tus deseos
Piensa en qué parte de tu patrimonio te gustaría destinar a la defensa de los valores en los que crees. Puede ser una cantidad fija, un porcentaje o un bien concreto (un inmueble, acciones, etc.).
Consulta con tu notario
Acude a tu notario de confianza e indícale que deseas incluir un legado a favor de HazteOír. El notario se encargará de que todo cumpla con la legislación vigente y respete las legítimas.
Incluye la cláusula en tu testamento
Tu notario redactará la cláusula testamentaria. A continuación te proporcionamos un modelo orientativo que puedes compartir con él.
Comunícanoslo (opcional)
Si lo deseas, puedes informarnos de tu decisión. Esto nos permite agradecértelo en vida y asegurarnos de que tu voluntad se cumplirá adecuadamente. Por supuesto, tu decisión es completamente confidencial.
Modelo de cláusula testamentaria
Este es un texto orientativo que puedes facilitar a tu notario. Él lo adaptará a tu situación concreta:
“Lego a la Asociación HazteOir.org, con CIF G‑84570657, domiciliada en Calle Velázquez 53, 28001 Madrid, la cantidad de [importe en euros / porcentaje del tercio de libre disposición / descripción del bien concreto], con el ruego de que se destine al cumplimiento de sus fines estatutarios.”
Nota: Este texto es meramente orientativo. Tu notario lo adaptará al marco legal aplicable en tu comunidad autónoma.
Otra opción: seguro de vida
Si dispones de un seguro de vida, puedes designar a HazteOír como beneficiario total o parcial de la póliza. Esta opción es independiente del testamento y no afecta a las legítimas de tus herederos.
Solo necesitas contactar con tu compañía de seguros y solicitar el cambio de beneficiario. Es un trámite sencillo y gratuito que puedes modificar en cualquier momento.
Beneficios fiscales
Los legados a entidades sin ánimo de lucro como HazteOír pueden tener ventajas fiscales significativas. En concreto:
- Los bienes legados a HazteOír están exentos del Impuesto sobre Sucesiones para la organización.
- Tu herencia no se ve afectada negativamente: el legado sale del tercio de libre disposición, sin perjudicar a tus herederos forzosos.
- Las donaciones en vida a entidades acogidas a la Ley 49/2002 disfrutan de deducciones en el IRPF.
Te recomendamos consultar con tu asesor fiscal para conocer los beneficios aplicables a tu situación particular.